La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) deberá vacunar a un niño contra el Virus del Papiloma Humana (VPH) por una orden de los magistrados de la Sala Constitucional.
La madre del menor acudió a un centro médico para que le aplicaran la vacuna a su hijo, pero le indicaron que el tratamiento es para niñas entre los 10 y 12 años, que no hayan iniciado su vida sexual y en su caso, debía acudir a farmacias privadas para acceder al servicio, pero alegó que es caro.
En el recurso de amparo presentado la mujer explicó que este antídoto brinda protección a las personas, por lo que es de su interés proteger el derecho a la salud y la prevención de enfermedades de transmisión sexual.
Consideró que tal situación constituye una discriminación de género y una desigualdad que transgrede el derecho a la salud digna y preventiva de los hombres menores de edad.
“Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Flavia Solórzano Morera en su condición de directora del Área de Salud de Palmares de la CCSS, o a quien ocupe el cargo, que de manera inmediata gire las órdenes necesarias, coordine lo pertinente y disponga lo correspondiente dentro del ámbito de sus respectivas competencias, para que en el plazo máximo de tres días, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se aplique al menor amparado la vacuna contra el virus del papiloma humano en las dosis que correspondan, en caso de no haberse aplicado ya, salvo criterio en contrario de un médico de la CCSS”, dice el por tanto de la resolución
Según el expediente, en junio anterior, la Junta Directiva de la CCSS aprobó que la VPH también se le aplique a los niños, en las mismas dosis que a las niñas.
Los magistrados condenaron a la CCSS al pago de las costas, daños y perjuicios, los que deberán ser liquidados en ejecución de sentencia ante la jurisdicción contencioso-administrativa.