La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) ordenó el cierre técnico inmediato de la planta de gas de la empresa Gas Nacional Zeta, ubicada en el Coyol de Alajuela.
Según la entidad reguladora, la planta incumple con un sistema de supresión de incendios, de acuerdo con un informe emitido por el Cuerpo de Bomberos de Costa Rica. Eso constituye un peligro para trabajadores, peatones, vecinos e inmuebles aledaños a la planta envasadora.
Bomberos realizó la inspección para determinar los elementos de seguridad humana que intervinieron en el incidente ocurrido en la planta el 9 de diciembre del año anterior, en el cual un trabajador de ese plantel perdió la vida.
Según ARESEP, Bomberos detectaron condiciones críticas como:
- No hay un sistema de supresión de incendios a través de rociadores de diluvio para proteger la operación de trasiego.
- No existe registro de pruebas contra incendios ni de mantenimiento.
- Pruebas de bombeo no lograron alcanzar la presión mínima requerida.
- El terreno cercano a la planta El Coyol, no es apto para la conexión de una unidad extintora.
- No cuentan con sensores de flama.
- Los extintores no son los adecuados para este tipo de industria.
“En síntesis, la planta de envasado de GLP reporta incumplimientos de seguridad clasificados como críticos y requieren de corrección inmediata.
“Esta medida cautelar estará vigente hasta que la empresa demuestre que cumplió con la corrección de las observaciones críticas indicadas en el Informe de Evaluación de Seguridad Humana y Riesgo de Incendio de la Planta El Coyol y que dispone de título que la autoriza para prestar este servicio, dado que está vencido”, informó la ARESEP.
Otras acciones
Además del cierre técnico, la ARESEP abrirá un procedimiento administrativo contra la empresa, entre otros, por:
- Mantenimiento inadecuado de la infraestructura y los equipos de trabajo del servicio público regulado, que ponga en peligro personas o propiedades.
- Prestación no autorizada del servicio público.
- El incumplimiento de las condiciones vinculantes impuestas en resoluciones tarifarias al prestador del servicio público.
- Incumplimiento de las normas y los principios de calidad en la prestación de los servicios públicos, siempre y cuando dicho incumplimiento no sea atribuible a caso fortuito o de fuerza mayor.
- “Se advierte a Gas Nacional Zeta que, de no acatar la presente orden, se procederá a hacer el cierre acompañado de la Fuerza Pública sin perjuicio de interponer ante el Ministerio Público la denuncia por el delito de Desobediencia, previsto y sancionado por el artículo 307 del Código Penal.
Gas Nacional Zeta presentó una demanda contra ARESEP ante el Tribunal Contencioso Administrativo y esa autoridad judicial la rechazó el 18 de setiembre.
Entonces, trató de evitar el cierre técnico aduciendo que provocaría el desabastecimiento del producto que distribuye a nivel nacional y que, por consiguiente, afectaría a clientes como hospitales, comercios y centros educativos.
Al mismo tiempo trató de probar que sí cumple con todas las indicaciones de bomberos.
Según el Tribunal, al Cuerpo de Bomberos le corresponde determinar si se cumple con las condiciones necesarias para no poner riesgo la vida y salud de las persona y propiedades. Y la ponderación de intereses debe estar inclinada a favor del interés público, que implica el atender las recomendaciones y medidas que establezca ese órgano.